Coronavirus (COVID-19)
El Rectorado de la Universidad Nacional de Luján adopta medidas, y resuelve en el marco de la Emergencia Sanitaria por el coronavirus (COVID-19).
-Las notificaciones y comunicaciones judiciales deberán ser remitidas a: dirlegales.unlu@gmail.com
-La recepción de las restantes comunicaciones institucionales será a través de la dirección: rector@unlu.edu.ar
-Ver Comunicado del Rectorado de la UNLu tras los anuncios del 17 de julio del Gobierno Nacional
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EL PASADO 26 DE JUNIO DEL 2020 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJÁN “ad referéndum del HCS” HA RESUELTO:
ART. 1°.- Amplíense las actividades y servicios considerados institucionalmente esenciales por Resolución RESREC-LUJ: s/n° de fecha 27 de marzo de 2020, reemplazando los del Artículo 4° de la misma, por las enumeradas en el Anexo de la presente resolución.
ART. 2°.- Establecer que las modalidades y procedimientos para el desarrollo de las actividades enunciadas en el anexo de la presente serán analizadas y determinadas por los ámbitos para ello competentes, las que deberán estar enmarcadas en el cumplimiento de las normativas que devienen del aislamiento social, preventivo y obligatorio a nivel Provincial y Nacional.
(link de descarga RESREC-LUJ: 0000053-20)
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SE CONSIDERAN ACTIVIDADES Y SERVICIOS INSTITUCIONALES ESENCIALES
(no obstante la eventual ampliación que posteriormente pudiera efectuarse)
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- Los trámites vinculados al desarrollo y finalización del primer cuatrimestre.
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- Los trámites vinculados con la planificación del segundo cuatrimestre.
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- El procesamiento de información requerida por organismos nacionales con fecha límite de presentación.
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- Las gestiones y trámites necesarios para la toma de exámenes finales previstos por el Calendario Académico.
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- Las gestiones para defensas de Tesis y Trabajos Finales realizados de manera no presencial.
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- El funcionamiento del Comité de Asuntos Académicos, de Extensión e Investigación.
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- El funcionamiento del HCS y Comisiones Asesoras del Cuerpo, Comisiones especiales de Becas estudiantiles y de Posgrado, de acuerdo a RESPRHCS-LUJ: 0000017-20.
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- El funcionamiento de la Comisión de Becas de Investigación.
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- La protocolización de Actos Administrativos y el inicio de actuaciones que resultaran impostergables.
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- El funcionamiento de los Consejos Directivos Departamentales y Comisiones Asesoras de los mismos.
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- La administración y gestión de becas y proyectos de investigación.
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- Las actividades mínimas indispensables en laboratorios y campo experimental para mantenimiento de ensayos y equipamiento.
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- La administración de Acciones y Proyectos de Extensión actuales (solo para trámites de solicitud y rendición de anticipos) y la evaluación on line (o remota) de Acciones y Proyectos de Extensión 2019.
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- El soporte para el desarrollo de comisiones paritarias docente y nodocente.
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- El procesamiento de modificaciones de cargos y bajas del personal.
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- El ingreso y egreso de fondos que resulten impostergables.
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- El servicio de seguridad.
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- Las tareas de limpieza y mantenimiento en sectores en los que se realicen actividades presenciales.
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- Los viajes extraordinarios que impliquen representación oficial.
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- El control de actividades agropecuarias, ordeñe de vacas y destino de la leche, y producción de líneas de lácteos destinada a comedores comunitarios.
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- Las compras que se deriven de las actividades esenciales y necesarias para el cumplimiento de protocolos.
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- El sistema informático, las redes sociales y los medios de información institucional.
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- La liquidación y pago de sueldos, becas y pasantías internas.
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- La renovación de contratos de pasantías externas.
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- La atención en situaciones de urgencia a miembros de la Comunidad que requieran orientación y contención Psicológica y Social por parte de los servicios de los que dispone la Universidad.
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- Las tareas de asesoramiento legal derivadas de las actividades esenciales y en cuestiones que impliquen gravedad institucional.
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- La prestación de los servicios de la Dirección de Asistencia Social y Medicina Integral (DASMI) de acuerdo a lo definido por su Directorio.