Coronavirus (COVID-19)

  • Publicado el: Mar, 22/09/2020 - 09:30

El Rectorado de la Universidad Nacional de Luján adopta medidas, y resuelve en el marco de la Emergencia Sanitaria por el coronavirus (COVID-19).

-Las notificaciones y comunicaciones judiciales deberán ser remitidas a: dirlegales.unlu@gmail.com
-La recepción de las restantes comunicaciones institucionales será a través de la dirección: rector@unlu.edu.ar

-Ver Comunicado del Rectorado de la UNLu tras los anuncios del 17 de julio del Gobierno Nacional 

 

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2020 - Decreto de Necesidad y Urgencia
Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-297-APN-PTE - (hasta 31 de marzo de 2020 inclusive)    
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-325-APN-PTE - (Prórroga hasta 12 de abril de 2020 inclusive)
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-355-APN-PTE - (Prórroga hasta 26 de abril de 2020 inclusive)
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-408-APN-PTE - (Prórroga hasta 10 de mayo de 2020 inclusive) 
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-459-APN-PTE - (Prórroga hasta 24 de mayo de 2020 inclusive) 
      Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-493-APN-PTE - (Prórroga hasta 07 de junio de 2020 inclusive) 
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-520-APN-PTE - (Prórroga hasta 28 de junio de 2020 inlcusive)
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-576-APN-PTE - (Prórroga hasta 17 de julio de 2020 inclusive)
      Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-605-APN-PTE - (Prórroga hasta 02 de agosto de 2020 inclusive)
      Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-641-APN-PTE - (Prórroga hasta 16 de agosto de 2020 inclusive)
      Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-677-APN-PTE - (Prórroga hasta 30 de agosto de 2020 inclusive)
          Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-714-APN-PTE - (Prórroga hasta 20 de septiembre de 2020 inclusive)
       Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-754-APN-PTE - (Prórroga hasta 11 de octubre de 2020 inclusive)
       Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-792-APN-PTE  - (Prórroga hasta 25 de octubre de 2020 inclusive)
         Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-875-APN-PTE - (Prórroga hasta 29 de noviembre de 2020 inclusive)
         Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-956-APN-PTE - (Prórroga hasta 20 de diciembre de 2020 inclusive)
      Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2020-1033-APN-PTE - (Prórroga hasta 31 de enero de 2021 inclusive)
         Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2021-67-APN-PTE - (Prórroga hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive)
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2021-235-APN-PTE - (Prórroga hasta 30 de abril de 2021 inclusive)
     Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2021-241-APN-PTE / Decreto N°235/2021. Modificación. (16/04/2021)
    Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2021-287-APN-PTE - (Prórroga hasta 21 de mayo de 2021 inclusive)
    Decreto Poder Ejecutivo Nacional: DECNU-2021-334-APN-PTE - (Prórroga hasta 30 de mayo de 2021 inclusive)
                                                                                                                         
(fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar)
Comunicado Comité de Crisis Universidad Nacional de Luján - (26 de marzo de 2020)
 
 
  • EL PASADO 26 DE JUNIO DEL 2020 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJÁN “ad referéndum del HCS” HA RESUELTO:

ART. 1°.- Amplíense las actividades y servicios considerados institucionalmente esenciales por Resolución RESREC-LUJ: s/n° de fecha 27 de marzo de 2020, reemplazando los del Artículo 4° de la misma, por las enumeradas en el Anexo de la presente resolución.

 

ART. 2°.- Establecer que las modalidades y procedimientos para el desarrollo de las actividades enunciadas en el anexo de la presente serán analizadas y determinadas por los ámbitos para ello competentes, las que deberán estar enmarcadas en el cumplimiento de las normativas que devienen del aislamiento social, preventivo y obligatorio a nivel Provincial y Nacional.

(link de descarga RESREC-LUJ: 0000053-20)

 

  • SE CONSIDERAN ACTIVIDADES Y SERVICIOS INSTITUCIONALES ESENCIALES
     (no obstante la eventual ampliación que posteriormente pudiera efectuarse)

  1. - Los trámites vinculados al desarrollo y finalización del primer cuatrimestre.

  2. - Los trámites vinculados con la planificación del segundo cuatrimestre.

  3. - El procesamiento de información requerida por organismos nacionales con fecha límite de presentación.

  4. - Las gestiones y trámites necesarios para la toma de exámenes finales previstos por el Calendario Académico.

  5. - Las gestiones para defensas de Tesis y Trabajos Finales realizados de manera no presencial.

  6. - El funcionamiento del Comité de Asuntos Académicos, de Extensión e Investigación.

  7. - El funcionamiento del HCS y Comisiones Asesoras del Cuerpo, Comisiones especiales de Becas estudiantiles y de Posgrado, de acuerdo a RESPRHCS-LUJ: 0000017-20.

  8. - El funcionamiento de la Comisión de Becas de Investigación.

  9. - La protocolización de Actos Administrativos y el inicio de actuaciones que resultaran impostergables.

  10. - El funcionamiento de los Consejos Directivos Departamentales y Comisiones Asesoras de los mismos.

  11. - La administración y gestión de becas y proyectos de investigación.

  12. - Las actividades mínimas indispensables en laboratorios y campo experimental para mantenimiento de ensayos y equipamiento.

  13. - La administración de Acciones y Proyectos de Extensión actuales (solo para trámites de solicitud y rendición de anticipos) y la evaluación on line (o remota) de Acciones y Proyectos de Extensión 2019.

  14. - El soporte para el desarrollo de comisiones paritarias docente y nodocente.

  15. - El procesamiento de modificaciones de cargos y bajas del personal.

  16. - El ingreso y egreso de fondos que resulten impostergables.

  17. - El servicio de seguridad.

  18. - Las tareas de limpieza y mantenimiento en sectores en los que se realicen actividades presenciales.

  19. - Los viajes extraordinarios que impliquen representación oficial.

  20. - El control de actividades agropecuarias, ordeñe de vacas y destino de la leche, y producción de líneas de lácteos destinada a comedores comunitarios.

  21. - Las compras que se deriven de las actividades esenciales y necesarias para el cumplimiento de protocolos.

  22. - El sistema informático, las redes sociales y los medios de información institucional.

  23. - La liquidación y pago de sueldos, becas y pasantías internas.

  24. - La renovación de contratos de pasantías externas.

  25. - La atención en situaciones de urgencia a miembros de la Comunidad que requieran orientación y contención Psicológica y Social por parte de los servicios de los que dispone la Universidad.

  26. - Las tareas de asesoramiento legal derivadas de las actividades esenciales y en cuestiones que impliquen gravedad institucional.

  27. - La prestación de los servicios de la Dirección de Asistencia Social y Medicina Integral (DASMI) de acuerdo a lo definido por su Directorio.