Inscriben a la primera convocatoria de las Becas Progresar 2023

  • Publicado el: Jue, 09/03/2023 - 14:09
El Departamento de Becas Estudiantiles informó que se encuentra abierta la inscripción para la primera Convocatoria 2023 de las Becas Progresar, dirigidas a estudiantes de carreras universitarias de grado o pre-grado.

El período de inscripciones es del 1 al 31 de marzo y podrán realizarse exclusivamente a través de la página web o de la aplicación de Progresar.

Las consultas referidas a Progresar son atendidas por el Departamento de Becas Estudiantiles de la UNLu mediante el correo electrónico becaestudiantil@mail.unlu.edu.ar.

Requisitos y condiciones
Son requisitos y condiciones para aspirar a ser beneficiaria/o de las becas de “Progresar” Línea Fomento de la Educación Superior y Linea Enfermería:

- Ser argentinos/as nativos/as o naturalizados/as o extranjeros/as, con residencia legal de al menos cinco (5) años en el país y contar con documento nacional de identidad (DNI)

- Línea Educación Superior: Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca, en el caso de alumnos/as ingresantes, entre diecisiete (17) y veinticuatro (24) años de edad cumplidos y para el caso de alumnos/as avanzados/as en la carrera, hasta treinta (30) años cumplidos.

- Linea Enfermería: Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca desde diecisiete (17) años y sin limite de edad.

-Grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, para ingresantes o avanzados/as:

A . Las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental con hijos/as de menos de 18 años de edad, hasta treinta (35) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.

B . Las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, sin límite de edad.

C . Las personas trans, sin límite de edad.

D . Las personas con discapacidad, sin límite de edad.

E . Las personas refugiadas, sin límite de edad.

F . Las personas afrodescendientes y/o afroargentinos/as, sin limite de edad.

- La suma de los ingresos de la/el joven y los de su grupo familiar no deben ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), a excepción de que los y las jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478.

- Ser egresada/o del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción;

- Ingresar a cursar o encontrarse cursando una carrera de grado o pregrado en instituciones públicas tales como Universidades Nacionales, Provinciales, Institutos Universitarios Nacionales. Están excluidos los Ciclos de Complementación Curricular ya sean Ciclos de Tecnicaturas, Licenciaturas o Profesorados.

- Cumplir con las condiciones académicas que se detallan en el Capítulo VI del reglamento.

- Condicionalidad de salud: esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.

El Departamento de Becas Estudiantiles depende de la Dirección de Servicios Universitarios, Sociales y Estudiantiles; Dirección General de Bienestar Universitario; Secretaría de Bienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles.