Convocatoria Nacional para el Programa de participación de la UNESCO para el Bienio 2014-2015

  • Publicado el: Mié, 26/03/2014 - 14:33

El Programa de Participación fue concebido para prestar asistencia directa a las iniciativas emprendidas por los Estados Miembros en las esferas de competencia de la UNESCO. El Programa tiene por objeto promover las actividades que correspondan a las orientaciones programáticas de la UNESCO y también a fortalecer la cooperación con las Comisiones Nacionales.

En este marco, la Argentina podrá presentar 7 (siete) solicitudes en el orden de prioridad establecido por el Comité de Evaluación de la Convocatoria Nacional a cargo de la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO (CONAPLU). Las solicitudes o proyectos presentados por las organizaciones no gubernamentales nacionales se integrarán a la cuota presentada por Argentina. Los proyectos están sujetos a la aprobación de la Secretaría de la UNESCO.

La Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO (CONAPLU) organiza la Convocatoria de solicitudes o proyectos que Argentina presentará a la UNESCO. Cabe señalar que la implementación del Programa de Participación, es decir la recepción de fondos para el desarrollo de los proyectos presentados por la CONAPLU y luego seleccionados y aprobados por el Secretariado de la UNESCO, está sujeta a la articulación de mecanismos financieros de la UNESCO que posibiliten su ejecución.

La fecha límite para la presentación de solicitudes es el 18 de julio de 2014.

Los proyectos presentados deberán relacionarse con las prioridades de la UNESCO, en particular con sus Grandes Programas (Educación, Ciencias naturales y exactas, Ciencias sociales y humanas, Cultura y Comunicación e Información), sus proyectos interdisciplinarios, actividades en beneficio de África, juventud e igualdad de género y actividades de la Comisión Nacional. La vinculación con el Programa y Presupuesto de la UNESCO 2014-2017 (37 C/5) y su Estrategia a Plazo Medio 2014-2021 (37 C/4) deberá ser clara y se deberá especificar el parágrafo que expresa la relación.

Los proyectos podrán ser de carácter nacional, subregional, interregional o regional. Las solicitudes no podrán superar los siguientes montos:

•Máximo de una petición nacional: U$S 26.000.
•Máximo de una petición subregional o interregional: U$S 35.000.
•Máximo de una actividad regional: U$S 46.000.

Las instituciones peticionantes podrán ser:

a) Organismos gubernamentales (nacionales, provinciales, municipales).
b) Organizaciones internacionales no gubernamentales que mantienen relaciones oficiales u operativas con la UNESCO, cuya lista es establecida por el Consejo Ejecutivo.
c) Organizaciones no gubernamentales nacionales.

Las solicitudes deberán contemplar las siguientes pautas:

a) Inserción del proyecto en las políticas generales del país y adecuación del mismo a las prioridades del Programa y Presupuesto de la UNESCO (37 C/5) y su Estrategia a Plazo Medio (37 C/4).

b) Fomento de la creación y/o consolidación de equipos y formación de recursos humanos en el marco de las demandas nacionales y regionales.

c) Sustentabilidad del proyecto.

d) Calidad técnica en la formulación, fundamentación y ejecución del proyecto.

e) Antecedentes del organismo ejecutor del proyecto.

f) Presencia de mecanismos de evaluación y generalización de los resultados del proyecto.

g) Producto final del proyecto: informe, publicación, experiencia transferible, etc.

Las solicitudes deberán ser presentadas en forma personal o enviadas por correo postal antes del 18 de julio de 2014 a: Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO (CONAPLU), Ministerio de Educación de la Nación, Paraguay 1657, 3er piso, oficina 302, CP: 1062, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La versión electrónica de la presentación deberá ser enviada antes del 18 de julio de 2014 a: conaplu@me.gov.ar

Se conformará un Comité de Selección, integrado por representantes de la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO, la Dirección Nacional de Política Cultural y Relaciones Internacionales (Secretaría de Cultura de la Nación) y la Dirección de Organismos Internacional (MREyC), la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva, la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación de la Nación y la Secretaría de Comunicaciones de la Nación.

El Comité tomará en consideración los siguientes criterios:

1. No serán considerados aquellos proyectos que excedan los montos estipulados por la UNESCO para las solicitudes de ayuda financiera o que no cumplan con cualquier otro requisito establecido para la presente convocatoria.

2. Se considerará la calidad, pertinencia y viabilidad de los proyectos presentados.

3. Tendrán prioridad aquellas solicitudes que no hayan recibido asistencia financiera durante el bienio anterior.

4. Los proyectos que puedan ser financiados por otro Programa de la UNESCO, serán excluidos.

5. Tendrán prioridad aquellos proyectos que se enmarquen en las líneas de acción del Ministerio de Educación, Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Comunicaciones y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

6. Se atenderá a establecer una distribución representativa de proyectos presentados por organismos gubernamentales y no gubernamentales.

7. Se atenderá a una distribución equitativa y federal de solicitudes por área (educación, ciencias naturales y exactas, ciencias sociales y humanas, cultura y comunicación e información).

8. Se atenderá a seleccionar proyectos que respondan a las necesidades de cada región geográfica del país.